Ser niño, es sin duda la parte fundamental de nuestras vidas, ya que en esta etapa desarrollamos nuestros conocimientos, sentidos, sentimientos, pensamientos entre otros. La niñez es una etapa muy especial en la vida de las personas y es de suma importancia la manera en la que los niños la viven, todo va a depender, por un lado, de todo lo que se trae al nacer y por otro, de la atención que se recibe desde la familia, la escuela, la sociedad y cultura en la que se crece. En este sentido, tiene que ver con la forma como se cubren las necesidades básicas de afecto, cuidados, educación y protección, además de los servicios médicos, sociales y jurídicos que se reciben y las redes de apoyo con que cuenta la familia.

Los niños, las niñas y las personas adolescentes, deben conocer sus derechos y responsabilidades ya que les permite, conforme van creciendo, hacer uso de sus derechos y asumir las consecuencias de sus actos; desarrollar la capacidad de contribuir al bienestar de su comunidad y sobre todo entender, cual es el papel que les corresponde dentro del entorno social en el que se desenvuelven.
Por ello la UNICEF (el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, por sus siglas en inglés) es la agencia de Naciones Unidas que tiene como objetivo garantizar el cumplimiento de los derechos de la infancia y adolescencia, y asegurar su bienestar en todo el mundo. La UNICEF trabaja desde 1946 para que todo niño, niña o adolescente tenga acceso al conocimiento, para que vivan en entornos sanos y gocen de oportunidades para desarrollar una vida plena.

Según la UNICEF existen diez derechos que son fundamentales en los niños son:
1. Derecho a la igualdad, sin discriminación de raza, religión o nacionalidad.
Los niños disfrutarán de todos los derechos enunciados en esta Declaración. Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.
2. Derecho a la protección especial para que puedan crecer física, mental y socialmente sanos y libre.
Los niños gozarán de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior del niño.
3. Derecho a tener un nombre y una nacionalidad.
Todo niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.
4. Derecho a una alimentación, vivienda y atención médica adecuada.
Todos los niños tienen el derecho de gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y postnatal. El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.
5. Derecho a la educación y atención especial para los niños con discapacidad.
Los niños física o mentalmente impedidos o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requiere su caso particular.
6. Derecho a compresión, amor por parte de las familias y de la sociedad.
Los niños para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión. Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia. Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios estatales o de otra índole.
7. Derecho a una educación gratuita, derecho a divertirse y jugar.
Todo niño tiene derecho a recibir educación, que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales y además deben disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deben estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades se esforzarán por promover el goce de este derecho.
8. Derecho a atención y ayuda preferente en caso de peligro.
Los niños deben, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.
9. Derecho hacer protegido contra el abandono y trabajo infantil.
No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada; en ningún caso se le dedicará ni se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o su educación o impedir su desarrollo físico, mental o moral.
10. Derecho a recibir una educación que fomente la sociedad, la amistad y la justicia entre todo el mundo.
Los niños deben ser protegido contra las prácticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa o de cualquier otra índole. Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.
POR ESTEFANÍA BRENES COSTA RICA













